VENDER MI PISO

En Metropoli te proporcionamos la tranquilidad, como propietario, de disponer de un equipo de profesionales con la experiencia necesaria en quien podrás confiar en todo momento para vender piso Madrid.

¿Buscas asesoramiento para la venta de pisos barrio de Salamanca Madrid? Estás en el lugar indicado.

¿POR QUÉ CONTAR CON UN AGENTE INMOBILIARIO?

LA DECISIÓN DE VENDER PISO EN MADRID

El mercado inmobiliario es bastante complejo y dinámico. No es lo mismo alquilar una vivienda en las afueras, que la venta de pisos barrio de Salamanca Madrid. Por esto, es necesario tener unos niveles de conocimiento amplio, debido a que son muchos y variados los factores que condicionan la venta de un inmueble. 

Por todo ello, contar con un asesor inmobiliario que domine el mercado y controle los todos estos aspectos hará que te sientas más seguro y confiado durante un proceso tan importante como la venta de pisos urgente de particulares en Madrid.

Nuestra labor se enfoca en tres puntos principalmente, ya que nos encargamos de:

ASESORARTE

Defendemos tus intereses frente a decisiones comerciales y legales. Conocemos los procesos, los documentos requeridos y cómo gestionarlos.

COMERCIALIZAR

Tu vivienda de una forma competitiva, profesional y en las mejores condiciones para ti, ya que disponemos de las herramientas y conocimientos específicos.

NEGOCIAR

Para lograr siempre el resultado más rentable para ti. Éste es el punto clave de todo el proceso de venta, del que depende la satisfacción de las expectativas iniciales.

¿Dónde está el beneficio de encargar la venta de pisos en barrio de Salamanca Madrid a una sola agencia?

Cuando decides contratar a una única agencia y depositar tu confianza en ella, la implicación y la calidad del servicio son mayores, ya que dispondrás de una dedicación y una atención privilegiadas.

CONFÍA EN LOS MEJORES PROFESIONALES

EN METROPOLI, LO PRIMERO ERES TÚ

Si confías en Metropoli para vender piso en Madrid con la gestión integral, te convertirás en nuestra máxima prioridad.

Hacemos un mayor esfuerzo económico, de tiempo y de recursos. Nos volcamos al máximo y ofrecemos un servicio completo para asegurarnos de que el proceso sea ágil y satisfactorio con tus expectativas. En Metropoli te damos nuestro compromiso por escrito, detallando las acciones que vamos a realizar para vender el inmueble de acuerdo con el propietario.

¿Buscas vender tu inmueble?

Descarga nuestra guía del vendedor

Hay muchos factores que influyen en la venta de una vivienda, que requiere mucha paciencia y un alto grado de conocimiento, para que la operación y su resultado sean el óptimo.

Con éste propósito hemos elaborado esta Guía: ofrecer una visión introductoria del proceso de venta con el fin de resolver las dudas iniciales que le puedan surgir al vendedor.

RELLENA EL FORMULARIO PARA DESCARGARLA »

Resolvemos todas tus dudas

Preguntas Frecuentes

Nuestra experiencia nos ha enseñado que cada cliente es diferente. Las preocupaciones, las dudas y las necesidades varían en cada caso, y por lo tanto ofrecemos a cada uno de ellos un servicio y asesoramiento personalizados para satisfacer sus expectativas.

Sin embargo, existen una serie de dudas frecuentes que encontramos a menudo. Ya sea para propietarios interesados en realizar la venta de pisos barrio de Salamanca Madrid, o la venta de pisos urgente de particulares en Madrid. Aquí tienes las respuestas a algunas de las preguntas más habituales.

Es un acuerdo previo entre comprador y vendedor en el que las partes se comprometen a efectuar la compraventa de una propiedad, entregando el comprador una cantidad inicial a cuenta del total. Podemos firmar tres tipos del contrato de arras, las arras confirmatorias, en el que el perjudicado podrá elegir entre exigir su cumplimiento o resolverlo con el resarcimiento de daños e intereses pertinentes; las arras penales (cuyo incumplimiento supone la pérdida total o parcial de las arras para el comprador y la devolución más un extra para el vendedor) y las arras penitenciales, que permite a las partes resolver unilateralmente el contrato mediante la pérdida para el comprador o la restitución doblada para el vendedor.

Los vicios ocultos se dan cuando se adquiere un inmueble de segunda mano y este no cumple las condiciones indicadas por el vendedor. Este deberá hacerse cargo de los mismos en caso de que afecten al desempeño del inmueble o disminuyan sustancialmente su valor. Para que los vicios ocultos se consideren tal no deben ser defectos manifiestos y han de ser graves y preexistentes a la venta. Además, la reclamación deberá realizarse antes de que transcurran seis meses desde la transmisión. Algunos ejemplos de vicios ocultos son fugas de agua en tuberías que no se encuentran a la vista, derramas, vigas en mal estado, etc.

Según la LAU, el Código Civil y la Ley Hipotecaria, una vivienda arrendada sí se puede vender. Para ello, la vivienda no debe encontrarse inscrita en el Registro de la Propiedad, de modo que el nuevo propietario podrá rescindir el contrato ofreciendo tres meses de plazo para su desalojo que se inician en el momento de la notificación de que es el nuevo titular. Durante estos tres meses, el arrendatario está legalmente obligado a pagar la renta y las cantidades que se devenguen, y además no tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios salvo especificación en el contrato.

Es el derecho a disfrutar de un bien inmueble que no es de nuestra titularidad. Se denomina usufructuario a quien posee el uso y disfrute de la propiedad, y nudo propietario al propietario del inmueble. El usufructuario no tiene derecho a vender ni gravarlo, pero sí podrá alquilarlo. Además, deberá asumir los gastos de conservación, de reparación o fiscales pertinentes, pero no a las cuotas de comunidad, ya que de estas deberá encargarse el propietario. Hay dos tipos de usufructo, el vitalicio (derecho exclusivo de usar y disfrutar el inmueble hasta el fallecimiento, sin posibilidad de herencia) y el temporal (con plazo determinado).

La venta de una propiedad con varios propietarios requiere la firma de todos los propietarios del inmueble o de aquella persona que posea poder notarial para actuar en nombre de los mismos. En caso de que los vendedores estén casados deberán firmar ambos cónyuges, salvo que se trate de un matrimonio constituido en régimen de separación de bienes, en cuyo caso habrá de firmar el propietario del bien inmueble.


No obstante, existen algunas excepciones:

· Para la venta de la vivienda familiar privativa, nuestro Código Civil requiere el consentimiento del cónyuge no propietario o una autorización judicial.

· Cuando una de las partes es una mercantil, deberá firmar el administrador de la sociedad o, en caso de ser una administración mancomunada, al menos dos personas o una acreditada que pueda actuar en representación de la sociedad.

· En caso de que exista un usufructo deberá firmar el contrato el nudo propietario.

venta de pisos urgente de particulares en madrid

Si quieres vender tu piso urgente en Madrid, somos la mejor opción para la venta de pisos urgente de particulares en toda la Comunidad de Madrid.